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HOMOLOGACIÓN ONLINE

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Si necesitas realizar tu homologación a distancia desde cualquier punto de España, con nosotros es posible. Te explicaremos todos los pasos necesarios para facilitarte toda nuestra ayuda.

¿Sabías que nuestros servicios de homologación en la península están exentos del 21% de IVA en nuestras facturas? Esta exención contribuye significativamente a hacer nuestros precios altamente competitivos.

Pasos a seguir en una homologar Online

Paso 1. Contacta con nosotros mediante correo electronico, WhatsApp o teléfono. Explícanos con detalle las modificaciones que necesitas homologar y te resolveremos cualquier duda.

Paso 2. Haznos llegar la siguiente información:

  • Fotografía de la ficha técnica (de todas las hojas).
  • Fotografía del permiso de circulación.
  • Fotografía detalle de las modificaciones y fotografías del vehículo en generales después de la reforma.

Paso 3. Nuestro departamento técnico comenzará con la redacción del expediente (Proyecto Técnico, Certificado de taller, Certificado Final de Obra, Informe de Conformidad con laboratorio).

Paso 4. Finalizado el paso 3, entregamos la documentación a la ITV donde quieras pasar la inspección.

Paso 5. Tras pasar la inspección ITV, tu vehículo ya estará homologado.

¿Qué debes aportarnos?

Información que debes aportarno.

  • Certificado de taller: Nosotros te daremos el certificado de taller cumplimentado, para que puedas firmarlo en tu taller. En caso de que tengas problemas para localizarlo, nosotros te podemos ayudar.
  • Boletín eléctrico para camper: En caso de tener una camper, necesitamos que nos hagas llegar el boletin de electricidad. En caso de que tengas problema para conseguirlo, nosotros te podemos ayudar.

 

Logos de las entidades cuyo proyecto es financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU

«Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU. Sin embargo, los puntos de vista y las opiniones expresadas son únicamente los del autor o autores y no reflejan necesariamente los de la Unión Europea o la Comisión Europea. Ni la Unión Europea ni la Comisión Europea pueden ser consideradas responsables de las mismas»